Última actualización: 12 de junio de 2026
Esta página explica, en lenguaje claro, cómo usa Brigada la ubicación cuando fichas y qué derechos tienes. El objetivo es que sepas exactamente qué ocurre con tu posición: solo se comprueba en el momento de fichar, nunca a lo largo de la jornada.
El registro diario de jornada es obligatorio por ley en España desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 8/2019 (BOE-A-2019-3481), que obliga a toda empresa a llevar un registro fiable del horario de cada trabajador. La normativa se ha venido reforzando para exigir que el registro sea digital, objetivo y verificable, y el control de la Inspección de Trabajo sobre su cumplimiento se ha intensificado a partir de 2025.
El incumplimiento del registro horario está tipificado como infracción grave en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), con sanciones que pueden alcanzar los 10.000 € por centro de trabajo. La geolocalización en el momento del fichaje es la forma de Brigada de hacer ese registro verificable sin recurrir a un seguimiento continuo del trabajador.
Puedes ejercer en cualquier momento tus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad sobre tus datos de ubicación, en los mismos términos descritos en la Política de privacidad. Si no puedes activar la ubicación en tu dispositivo, tu manager puede registrar tu fichaje manualmente: la falta de ubicación nunca debe impedirte trabajar.